Artículo 58 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Honor y Justicia de la Fiscalía es un grupo que se encarga de vigilar la conducta del personal, y está formado por tres personas. La preside el jefe o jefa de la Policía de Investigación. También la integra el titular del área jurídica que se encarga de los asuntos legales contenciosos de la Fiscalía, y un agente destacado de la Policía de Investigación que elige el Fiscal General.
Texto oficial
Artículo 58. La Comisión de Honor y Justicia de la Fiscalía se integrará por: I. La o el titular de la Policía de Investigación, quien la presidirá. II. La o el titular del área jurídica contenciosa de la Fiscalía. III. Una o un elemento destacado de la Policía de Investigación designado por el Fiscal General. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de diciembre de 2016. Última Reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 40 El funcionamiento de la Comisión de Honor y Justicia de la Fiscalía será conforme lo dispuesto en las leyes aplicables y en el Reglamento del Servicio de Carrera. CAPÍTULO DÉCIMO QUINTO DE LAS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.