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Ley
Ley del Programa de Derechos Humanos del Estado de México
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa de Derechos Humanos del Estado de México debe incluir planes y pasos claros para que se pueda poner en práctica, como estrategias, acciones específicas, fechas límite y las oficinas encargadas de hacerlo. El objetivo es encontrar los problemas más grandes que hay en el estado para que todos puedan disfrutar, respetar y proteger sus derechos humanos. Con eso se busca mejorar las políticas públicas que ayuden a resolver esos problemas. Este programa es obligatorio para todas las dependencias y organismos que el mismo programa indique.

Texto oficial

Artículo 4. El Programa de Derechos Humanos del Estado de México deberá contener estrategias transversales, líneas de acción, plazos y unidades responsables que permitan su implementación y ejecución de las mismas con la finalidad de identificar los principales obstáculos que presenta el Estado de México para garantizar el goce, respeto, reconocimiento y protección de los derechos humanos y de esta manera fortalecer las políticas públicas que correspondan, siendo vinculante para todas las dependencias y organismos que así lo señale el propio programa.

Ver texto oficial de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Estado de México (pág. 1) ↗

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