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Artículo 6 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa de Derechos Humanos del Estado de México debe seguir lo que dice la Constitución del país, los tratados internacionales que México ha firmado y la Constitución del estado. También debe tomar en cuenta otras leyes locales que hablen del tema. Cuando se aplique esta ley, se tienen que respetar y proteger los derechos humanos de todas las personas que vivan o estén de paso en el Estado de México. Para interpretar las reglas, hay que usar lo que digan los tribunales internacionales de derechos humanos que México reconoce. Además, hay que aplicar cuatro principios básicos: que los derechos son para todos (universalidad), que no se pueden quitar (inalienabilidad), que están conectados entre sí (indivisibilidad) y que siempre se busca mejorar su protección (progresividad). Y si hay dudas, se debe aplicar la norma que más beneficie a la persona.

Texto oficial

Artículo 6. El Programa de Derechos Humanos del Estado de México deberá apegarse a lo dispuesto por el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los Tratados Internacionales firmados y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, al artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como a aquellas leyes secundarias aplicables en la materia en el Estado de México. En la aplicación de la presente ley se deberán respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de toda persona que habite o transite en el Estado de México, interpretando y aplicando las normas de derechos humanos, conforme los criterios de los organismos y tribunales internacionales de protección de los derechos humanos reconocidos por el Estado Mexicano y los principios de universalidad, inalienabilidad, indivisibilidad y progresividad, atendiendo siempre a la norma más favorable. CAPÍTULO SEGUNDO Del Programa

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.