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Artículo 5 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto de Formación Continua, Profesionalización e Investigación del Magisterio del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto está organizado con dos tipos de grupos: los que toman las decisiones importantes (gobierno) y los que se encargan de que todo funcione en el día a día (administración). Del lado del gobierno, solo hay una Junta Directiva, que es como el grupo de personas que deciden las reglas y el rumbo. Del lado de la administración, están el Rector (el jefe principal), el Consejo Consultivo (un equipo que da consejos), las Unidades Administrativas (las oficinas o áreas de trabajo) y el Comisario (alguien que vigila que se hagan bien las cosas).

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto tendrá como órganos de gobierno y de administración los siguientes: I. De Gobierno: a) Una Junta Directiva II. De Administración: a) Un Rector. b) Consejo Consultivo. c) Las Unidades Administrativas. d) Comisario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.