Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 8 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto de Formación Continua, Profesionalización e Investigación del Magisterio del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si perteneciste a la Junta Directiva del Instituto, no puedes entrar a trabajar como jefe o en otro puesto administrativo de inmediato. Tienes que esperar 180 días seguidos (como medio año) desde que dejaste tu puesto anterior. Esto aplica aunque ya no estés en la Junta, para evitar conflictos de interés o ventajas injustas.

Texto oficial

Artículo 8.- Las personas que sean o hayan sido integrantes de la Junta Directiva sólo podrán ser designadas para cargos de administración del Instituto, después de ciento ochenta días naturales contados a partir de la separación de su cargo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.