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Artículo 67 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para tomar decisiones, se usa el voto de la mayoría, es decir, gana lo que vote más de la mitad de las personas presentes. Pero hay casos especiales donde la ley pide una mayoría calificada, que es un número más alto de votos, como dos de cada tres partes. Eso solo aplica cuando la misma ley lo diga claramente.

Texto oficial

Artículo 67. Las determinaciones se tomarán por mayoría de votos, salvo en los casos que esta Ley establezca mayoría calificada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.