Artículo 192 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Significa que una decisión de un juez o autoridad se convierte en definitiva, como cuando ya no se puede hacer nada para cambiarla, si pasa el tiempo que marca la ley y nadie la impugna (es decir, nadie la reclama formalmente). También puede ser definitiva desde el momento en que se da a conocer, si la ley dice que no hay manera de apelarla o impugnarla por la vía normal. En pocas palabras, una resolución firme es aquella contra la que ya no puedes hacer un reclamo ordinario.
Texto oficial
Artículo 192. Las resoluciones se considerarán que han quedado firmes, cuando transcurridos los plazos previstos en la presente Ley, no se haya interpuesto en su contra recurso alguno, o bien, desde su emisión cuando no proceda contra ellas recurso o medio ordinario de defensa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.