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Artículo 202 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien es acusado de una falta administrativa grave (como un acto de corrupción), puede pedir una segunda revisión de su caso si el juez le impone un castigo o si decide que no es responsable. A esa segunda revisión se le llama “recurso de apelación”, y la ley dice que se puede usar en dos situaciones. La primera es cuando ya te castigaron por una falta grave. La segunda es cuando te declaran inocente, pero tú o la autoridad quieren que otro juez revise si esa decisión fue correcta.

Texto oficial

Artículo 202. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones siguientes: I. La que determine imponer sanciones por la comisión de faltas administrativas graves o faltas de particulares. II. La que determine que no existe responsabilidad administrativa por parte de los presuntos infractores, ya sean servidores públicos o particulares.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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