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Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Coordinador, que es un grupo de autoridades encargadas de la lucha contra la corrupción, tiene la obligación de crear formas para que la sociedad civil pueda participar en la creación de políticas públicas. Estas políticas deben enfocarse en combatir las faltas administrativas (como malos manejos en el gobierno) y actos de corrupción. En pocas palabras, buscan que tú y otras personas puedan opinar y ayudar a proponer soluciones para evitar que servidores públicos y particulares cometan actos ilegales. Además, el capítulo habla de las empresas u organizaciones (personas morales) y cómo deben actuar con integridad para no ser cómplices de corrupción. Así que la idea es que tanto ciudadanos como empresas colaboren para prevenir estas conductas.

Texto oficial

Artículo 24. El Comité Coordinador deberá establecer los mecanismos para promover y permitir la participación de la sociedad en la generación de políticas públicas dirigidas al combate de las conductas que constituyen faltas administrativas y hechos de corrupción. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS COLECTIVAS

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios (pág. 8) ↗

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