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Artículo 247 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Examen Previo y la Sección Instructora, que son grupos de personas encargadas de revisar ciertos casos, pueden llamar la atención a alguien que no esté cumpliendo con lo que se le pide. Esto lo hacen con un "apercibimiento", que es como un aviso serio de que si no obedece, le pueden ir peor las cosas. Los que forman parte de esos grupos deciden juntos si aplican este aviso o no. Es básicamente una advertencia oficial para que la persona se ponga al corriente.

Texto oficial

Artículo 247. La Comisión de Examen Previo, así como la Sección Instructora, podrán disponer las medidas de apercibimiento que fueren procedentes por acuerdo de sus integrantes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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