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Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Artículo
31

Artículo 31 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Contraloría o los órganos internos de control van a revisar al azar las declaraciones de bienes, intereses y fiscales que los servidores públicos tienen registradas, además de checar cómo ha cambiado su patrimonio con el tiempo. Si no encuentran ningún error o cosa rara, van a emitir una constancia de que todo está en orden y la van a anotar en el sistema. Pero si encuentran algo sospechoso, van a empezar una investigación para aclararlo.

Texto oficial

Artículo 31. La Secretaría de la Contraloría y los órganos internos de control, según sea el caso, deberán realizar una verificación aleatoria de las declaraciones patrimoniales que obren en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como de la evolución del patrimonio de los servidores públicos. De no existir ninguna anomalía o inconsistencia, se expedirá la certificación correspondiente, la cual se anotará en dicho sistema, en caso contrario se iniciará la investigación respectiva.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios (pág. 10) ↗

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