Artículo 31 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de la Contraloría o los órganos internos de control van a revisar al azar las declaraciones de bienes, intereses y fiscales que los servidores públicos tienen registradas, además de checar cómo ha cambiado su patrimonio con el tiempo. Si no encuentran ningún error o cosa rara, van a emitir una constancia de que todo está en orden y la van a anotar en el sistema. Pero si encuentran algo sospechoso, van a empezar una investigación para aclararlo.
Texto oficial
Artículo 31. La Secretaría de la Contraloría y los órganos internos de control, según sea el caso, deberán realizar una verificación aleatoria de las declaraciones patrimoniales que obren en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como de la evolución del patrimonio de los servidores públicos. De no existir ninguna anomalía o inconsistencia, se expedirá la certificación correspondiente, la cual se anotará en dicho sistema, en caso contrario se iniciará la investigación respectiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.