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Artículo 30 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las declaraciones de bienes y de intereses de los funcionarios son públicas, pero algunos datos que podrían meter en problemas su vida privada o revelar información personal protegida se mantienen en secreto. Para definir qué datos se pueden ver y cuáles no, un comité especial creará formatos basados en la ley, asegurándose de que la información sensible quede guardada solo para las autoridades indicadas.

Texto oficial

Artículo 30. Las declaraciones patrimonial y de intereses, serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por las Constituciones federal y local. Para tal efecto, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, en apego a las leyes y ordenamientos en la materia, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.