Artículo 4 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica a tres grupos de personas. Primero, a los trabajadores del gobierno del estado y de los municipios, como policías, secretarios o cualquier empleado que trabaje para el gobierno. Segundo, a quienes antes fueron trabajadores del gobierno y ahora están en una situación que la ley señala, por ejemplo, si cometieron una falta cuando estaban en el cargo. Tercero, a personas comunes y corrientes que estén involucradas en faltas graves, como sobornar a un funcionario público.
Texto oficial
Artículo 4. Son sujetos de esta Ley: I. Los servidores públicos de la administración pública estatal y municipal. II. Aquellas personas que habiendo fungido como servidores públicos se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en la presente Ley. III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.