Artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un servidor público no puede usar información secreta que haya conocido en su trabajo para beneficio propio o de terceros. Esa información es cualquier dato que no sea conocido por todo el público y que haya conseguido por su puesto. Esta regla también lo sigue aplicando aunque el funcionario ya no trabaje en el gobierno. Sigue siendo responsable por un año después de haberse ido de su cargo. Si usa esa información privilegiada durante ese año, comete una falta.
Texto oficial
Artículo 57. Para efectos del artículo anterior, se considera información privilegiada la que obtenga el servidor público con motivo de su empleo cargo o comisión y que no sea del dominio público. Lo dispuesto en el artículo anterior será aplicable hasta por el plazo de un año posterior a que el servidor público se haya retirado de dicho empleo, cargo o comisión. SECCIÓN QUINTA DEL ABUSO DE FUNCIONES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.