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Artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Pleno (que es el grupo completo de jueces o magistrados) toma una decisión, lo hace por unanimidad (todos están de acuerdo) o por mayoría (más de la mitad de los presentes está a favor). Quienes estén ahí tienen que votar obligatoriamente, a menos que tengan una razón legal válida para no hacerlo (como un conflicto de interés). Si hay un empate en los votos, la persona que preside el tribunal tiene el voto decisivo, o sea, su voto vale doble para romper el empate.

Texto oficial

Artículo 11. Las resoluciones del Pleno se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos de sus integrantes presentes, quienes no podrán abstenerse de votar sino cuando tengan impedimento legal. En caso de empate, la o el Presidente del Tribunal tendrá voto de calidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.