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Artículo 12 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno de la Sala Superior (que es el grupo de todos los magistrados reunidos para tomar decisiones) tiene varias tareas importantes. Puede elegir al Presidente, al Vicepresidente y al Magistrado Consultor del Tribunal. También puede decidir qué criterios legales (jurisprudencia) usará el Tribunal, siempre respetando las reglas del Código de Procedimientos. Además, puede aprobar opiniones cuando otras autoridades le pidan consejo sobre leyes, y nombrar a los secretarios que ayudan en el trabajo del Tribunal. Otras facultades incluyen proponer cambios a la ley, sugerir candidatos a magistrados, definir el calendario oficial y modificar el reglamento interno.

Texto oficial

Artículo 12. Son atribuciones del Pleno de la Sala Superior: I. Elegir a la o el Presidente del Tribunal, a la o el Vicepresidente del Tribunal y a la o el Magistrado Consultor; II. Aprobar la jurisprudencia del Tribunal en términos de lo dispuesto en el Código de Procedimientos, respetando la jurisdicción ordinaria y especializada; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE MÉXICO 5 III. Aprobar las opiniones consultivas que recaigan a las consultas formuladas por los entes facultados para presentar iniciativas de ley; IV. Nombrar a la o el Secretario General del Pleno y a las y los Secretarios Generales de Acuerdos; V. Realizar estudios tendientes a proponer a través de las instancias facultadas por la Constitución Local, proyectos de reformas a la presente Ley, así como las demás disposiciones necesarias para su buen funcionamiento; VI. Presentar ante las autoridades administrativas competentes propuestas de reformas de la legislación administrativa y fiscal del Estado y municipios; VII. Proponer al Ejecutivo Estatal candidatos para ocupar el cargo de Magistrado; VIII. Expedir el Calendario Oficial del Tribunal; IX. Aprobar, expedir y reformar el Reglamento Interior del Tribunal; y X. Las demás que señale esta Ley, el Reglamento y las demás disposiciones aplicables. SECCIÓN SEGUNDA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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