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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley242/35
Ley
Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Salas Regionales de Jurisdicción Ordinaria son como juzgados repartidos por todo el país, pero en regiones específicas. Su trabajo y dónde están ubicadas no lo dice esta ley, sino que lo define un reglamento aparte. En pocas palabras, este artículo solo dice que esas salas actuarán donde y como lo marque ese reglamento.

Texto oficial

Artículo 35. Las Salas Regionales de Jurisdicción Ordinaria tendrán la jurisdicción y la residencia que señale el Reglamento.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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