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Artículo 67 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero del Fondo Auxiliar para la Justicia Administrativa va a ser revisado por el Órgano Interno de Control del Tribunal, que es como el departamento que se encarga de vigilar que todo se use de manera correcta y sin trampas. Esto es para asegurarse de que los recursos se gasten bien y nadie los desvíe para otros fines.

Texto oficial

Artículo 67. Los recursos del Fondo Auxiliar para la Justicia Administrativa serán auditados por el Órgano Interno de Control del Tribunal. TÍTULO QUINTO DEL INSTITUTO DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.