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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley243/45
Ley
Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios
Artículo
45

Artículo 45 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una autoridad administrativa (como un gobierno municipal o estatal) toma una decisión, esa decisión se vuelve definitiva y ya no se puede cambiar o impugnar. Una vez que eso pasa, se puede hacer que se cumpla obligatoriamente, como si fuera una orden firme. Para que se ejecute, se siguen las reglas que están escritas en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, que explica los pasos a seguir.

Texto oficial

Artículo 45. Las resoluciones dictadas por la autoridad administrativa causarán estado, y serán ejecutables siguiendo las reglas que se establecen en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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