Artículo 115 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas o dependencias que manejen tus datos personales tienen la obligación de explicarte de manera clara y sencilla cómo puedes ejercer tus derechos ARCO, que son los de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición a tus datos. También deben decirte cómo llenar los formularios y a qué autoridades puedes acudir si tienes dudas, quejas o reclamos. Además, el Instituto de Transparencia debe tener un servicio telefónico para orientarte sobre estos derechos. Todo esto es para que puedas entender sin complicaciones los pasos a seguir y presentar tus quejas o consultas fácilmente.
Texto oficial
Artículo 115. Los responsables deben de orientar en forma sencilla y comprensible a toda persona sobre los trámites y procedimientos que deben efectuarse para ejercer sus derechos ARCO, la forma de realizarlos, la manera de llenar los formularios que se requieran, así como de las instancias ante las que se puede acudir a solicitar orientación o formular quejas, consultas o reclamos sobre la prestación del servicio o sobre el ejercicio de las funciones o competencias a cargo de los servidores públicos que se trate. El Instituto deberá adoptar mecanismos para orientar a los titulares sobre el ejercicio de derechos ARCO por vía telefónica. Medios para Recibir Notificaciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.