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Artículo 25 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que quien maneje tus datos personales debe tener una razón legal para hacerlo, es decir, solo puede usarlos si la ley se lo permite. Por ejemplo, puede usarlos si tú le das permiso por escrito, si es necesario para cumplir un contrato contigo, o si una obligación legal se lo exige. También puede usarlos para proteger tu vida o la de alguien más, por interés público, o si es un beneficio legítimo que no afecte tus derechos. Pero si la autoridad pública usa tus datos, no puede aplicar esa última excusa que es el "interés legítimo". Esto se llama principio de proporcionalidad: solo pueden tratar tus datos para fines claros y necesarios.

Texto oficial

Artículo 25. El tratamiento de datos personales por parte del responsable deberá sujetarse a las facultades o atribuciones que la normatividad aplicable le confiera. El responsable podrá considerar los siguientes parámetros a fin de determinar si el tratamiento que Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de mayo de 2017. Sin reforma. LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 13 realiza es lícito: a) La o el titular dio su consentimiento expreso y por escrito para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. b) La ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. c) El cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable. d) La protección de intereses vitales de la o el titular o de otra persona física. e) Cumplir con el interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable. f) La satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable o por un tercero, cuando no prevalecen los intereses, los derechos y libertades fundamentales de la o el titular que requieran la protección de datos personales, en particular cuando el interesado sea un menor de edad. Lo dispuesto en el inciso f) no será de aplicación al tratamiento realizado por las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones. Principio de Proporcionalidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.