Artículo 93 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El responsable (la persona o empresa que usa tus datos) debe asegurarse de que las personas con alguna discapacidad o que estén en situaciones difíciles puedan proteger su información personal igual que los demás. Para lograrlo, el responsable tiene que hacer cambios necesarios y accesibles, como explicar las cosas de forma más clara o adaptar los trámites. Estos ajustes deben seguir lo que dice la Ley de Transparencia. Además, el Comité de Transparencia es el grupo encargado de vigilar que todo esto se cumpla.
Texto oficial
Artículo 93. El responsable procurará que las personas con algún tipo de discapacidad o grupos vulnerables, puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, su derecho a la protección de datos personales. El responsable adoptará ajustes razonables en congruencia con lo establecido en la Ley de Transparencia. Del Comité de Transparencia
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.