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Artículo 9 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Conciliación va a tener dos jefes principales. El primero es el Consejo Directivo, que es como el grupo más importante que se encarga de planear, revisar y controlar todo lo que hace el Centro. El segundo es el Director General, que es la persona que coordina las actividades diarias del Centro. En pocas palabras, hay un grupo que pone las reglas y supervisa, y un director que se encarga de que todo funcione.

Texto oficial

Artículo 9. El Centro de Conciliación contará con los siguientes órganos de gobierno y administración: I. El Consejo Directivo, como máximo órgano de gobierno, que será responsable en lo interno de la programación, supervisión, control y evaluación del Centro de Conciliación, y II. El Director General, encargado de coordinar las actividades del Centro de Conciliación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.