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Artículo 4 de la Ley por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Lerma

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo define cómo se llamarán las cosas dentro de esta ley. Cuando digan "el Consejo", se refieren al grupo de personas que toman las decisiones importantes en el Instituto de Deporte de Lerma. "El Director" es la persona encargada de dirigir ese Instituto. Y cuando digan "el Instituto", hablan de la organización pública que se encarga del deporte y la cultura física en el municipio de Lerma.

Texto oficial

Artículo 4.- Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por: I. Consejo: al Consejo Directivo del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Lerma; II. Director: al Director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Lerma, y; III. Instituto: al Organismo Público Descentralizado denominado "Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Lerma".;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.