Artículo 5 de la Ley por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Lerma
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte tiene varias metas principales: quiere que más gente haga ejercicio, juegue y practique deporte en el municipio, y que esto sea para todos, sin importar la edad o el grupo social. También busca mejorar la calidad de vida de los habitantes de Lerma a través del deporte y la recreación, y promover el cuidado del medio ambiente en estas actividades. Además, el Instituto va a apoyar a los deportistas locales para que compitan mejor, va a organizar a los clubes y asociaciones deportivas, y va a impulsar que tanto el gobierno como empresas particulares inviertan en el deporte. Otras metas importantes son fomentar la salud física y mental de la gente, incluir a los adultos mayores y personas con discapacidad, ayudar a los trabajadores a hacer deporte, y facilitar que los deportistas tengan acceso a servicios médicos.
Texto oficial
Artículo 5.- El Instituto tendrá los siguientes objetivos: I. Fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros, destinados a la cultura física, a las actividades recreativas y al deporte, en todos los grupos y sectores sociales del Municipio; II. Coadyuvar al incremento del nivel de vida de los habitantes del Municipio, por medio de la cultura física, las actividades recreativas y el deporte; III. Desarrollar programas que fomentan el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física, de las actividades recreativas y del deporte; promoviendo en todo momento el aprovechamiento, la protección y la conservación adecuada del medio ambiente; IV. Incentivar la inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física, las actividades recreativas y el deporte; V. Fomentar, ordenar y registrar las asociaciones y sociedades deportivas o de cultura física deportiva de cualquier naturaleza, dentro del territorio municipal; VI. Impulsar la práctica deportiva en todos los grupos y sectores del municipio; VII. Propiciar la integración familiar y social a través del deporte; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 23 de julio de 2020. Sin reformas LEY POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE LERMA. 2 VIII. Fomentar la salud física y mental, así como la cultura deportiva y social de la población del municipio; IX. Propiciar el aprovechamiento del tiempo libre de los ciudadanos, mediante la realización de actividades deportivas, recreativas y de cultura física; X. Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con capacidades diferentes; XI. Promover el deporte de los trabajadores; XII. Promover y desarrollar la capacitación de recursos humanos para el deporte; XIII. Elevar el nivel competitivo de los deportistas del municipio; XIV. Promover la revaloración social del deporte y la cultura física; XV. Promover fundamentalmente el valor del deporte para el primer nivel de atención a la salud; XVI. Promover la identidad del municipio de Lerma en el ámbito municipal, estatal, nacional e internacional a través del deporte; XVII. Fomentar la integración familiar y social, y XVIII. Facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud. CAPÍTULO SEGUNDO DE SUS FACULTADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.