Artículo 21 de la Ley por la que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ecatepec de Morelos, México (IMCUFIDEEM)
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta Directiva (el grupo de personas que toman las decisiones importantes) debe reunirse al menos cada tres meses de forma normal, pero puede juntarse más seguido si es necesario, siempre que el Presidente los llame. Para que la junta sea válida, tiene que asistir más de la mitad de sus miembros. Las decisiones se aprueban si la mayoría de los presentes está de acuerdo, o si todos votan igual; si hay empate, el Presidente decide con su voto extra.
Texto oficial
ARTÍCULO 21.- La Junta Directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario, previa convocatoria de su Presidente. Para que la Junta pueda sesionar válidamente, se requerirá la presencia de más de la mitad de sus integrantes y sus resoluciones serán válidas cuando sean aprobadas por mayoría de votos o unanimidad de los presentes en la sesión; en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.