Artículo 25 de la Ley por la que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ecatepec de Morelos, México (IMCUFIDEEM)
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ecatepec recibe su dinero y sus cosas de varias fuentes. Primero, el municipio le da cada año el 2% de todo su presupuesto de gastos. También recibe muebles, edificios o terrenos que el Ayuntamiento le asigne, y apoyos económicos o servicios del gobierno federal, estatal o municipal. Además, puede obtener ingresos por donaciones, concesiones (permisos para usar algo), o por los servicios que el propio Instituto ofrece, como rentar espacios o cobrar por actividades. Todo eso junto forma su patrimonio.
Texto oficial
ARTÍCULO 25.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ecatepec de Morelos, se integra con: I. La asignación anual del 2% del total del presupuesto de egresos del municipio; II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado; III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal; IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social, y V. Los ingresos y utilidades que, en el ejercicio de sus atribuciones, obtenga por la prestación de sus servicios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de julio de 2020. Sin reformas LEY POR LA QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO (IMCUFIDEEM) 7 CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.