Artículo 48 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias del gobierno que usen Firma Electrónica Avanzada para tramitar servicios que necesiten comprobar quién eres, deben crear documentos digitales de archivo que tengan validez legal. Esto aplica para cualquier trámite donde tengan que verificar tu identidad. Esos documentos electrónicos deben cumplir con lo que dice la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y su Reglamento, además de otras leyes que apliquen.
Texto oficial
Artículo 48. Los Sujetos Obligados que, por sus atribuciones, utilicen la Firma Electrónica Avanzada para realizar trámites o proporcionar servicios que impliquen la certificación de identidad del solicitante, generarán Documentos de Archivo electrónico con validez jurídica de conformidad con la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.