Artículo 6 de la Ley del organismo público descentralizado de carácter estatal denominado Instituto de Políticas Pública del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Directivo se junta de manera normal cada dos meses, como si fuera una cita fija. También pueden tener juntas especiales cuando sea necesario, sin importar la frecuencia. Las sesiones ordinarias son las programadas de antemano, mientras que las extraordinarias son para asuntos urgentes o imprevistos. En pocas palabras, se reúnen seguido para tomar decisiones importantes.
Texto oficial
Artículo 6. El Consejo Directivo sesionará en forma ordinaria cada dos meses y, en forma extraordinaria, las veces que sean necesarias.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.