- Ley
- Ley de Amnistía del Estado de México
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la Ley de Amnistía del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Básicamente, cuando un juez decide darte la amnistía, él mismo le ordena a las autoridades correspondientes (como el Ministerio Público o la policía) que te liberen si ya estás detenido, o que ya no te sigan investigando si apenas iban a empezar un proceso penal en tu contra. En pocas palabras, el juez te saca del problema legal: o te sueltan o cancelan el juicio.
Texto oficial
Artículo 10. En la determinación que otorgue la amnistía, la autoridad judicial ordenará a las autoridades competentes que decreten la libertad o el desistimiento del ejercicio de la acción penal, según corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.