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Artículo 11 de la Ley de Amnistía del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometiste uno de los delitos que menciona el Artículo 4 de esta ley y estás huyendo de la justicia, puedes pedir la amnistía. Solo necesitas presentar una solicitud para que te perdonen el delito y ya no te persigan.

Texto oficial

Artículo 11. Las personas que se encuentren sustraídas de la acción de la justicia por delitos a que se refiere el artículo 4 de la presente Ley, podrán beneficiarse de la amnistía, mediante la solicitud correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.