- Ley
- Ley de Amnistía del Estado de México
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley de Amnistía del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometiste uno de los delitos que menciona el Artículo 4 de esta ley y estás huyendo de la justicia, puedes pedir la amnistía. Solo necesitas presentar una solicitud para que te perdonen el delito y ya no te persigan.
Texto oficial
Artículo 11. Las personas que se encuentren sustraídas de la acción de la justicia por delitos a que se refiere el artículo 4 de la presente Ley, podrán beneficiarse de la amnistía, mediante la solicitud correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.