Artículo 14 de la Ley de Amnistía del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que tienes un juicio en trámite, ya sea en segunda vuelta (apelación) o ante un juez federal que revisa un amparo. Si a ti te beneficia esta nueva ley, esos jueces deben suspender tu caso hasta que la ley se aplique por completo. En vez de resolverlo, lo van a "sobreseer", que es como archivarlo o cerrarlo temporalmente. Así aseguran que te lleguen todos los beneficios de esta ley sin que el juicio los detenga.
Texto oficial
Artículo 14. En los casos en que estén pendiente de resolución recursos en segunda instancia o bien, ante la autoridad federal que conozca de amparo por parte de las personas a quienes beneficia la presente ley, resolverán el sobreseimiento, hasta la aplicación plena de los beneficios de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.