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Artículo 24 de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso llamado Evaluación de Impacto Estatal solo te lo van a dar si todas las dependencias que revisan el proyecto (como las de ecología, agua o desarrollo urbano) dicen que está bien. Cada una de esas dependencias tiene que emitir una Evaluación Técnica de Impacto a favor, según lo que les toque revisar. Si aunque sea una sola dice que no, ya no procede. Esto aplica para proyectos nuevos, ampliaciones o actualizaciones que quieras hacer.

Texto oficial

Artículo 24. Solo se expedirá la Evaluación de Impacto Estatal cuando cada una de las instancias responsables de emitir la Evaluación Técnica de Impacto, en el ámbito de su competencia la emitan en sentido favorable, respecto del proyecto nuevo, ampliación o actualización de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.