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Artículo 124 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México (IIFAEM), junto con el gobierno estatal, municipal, empresas y ciudadanos, va a mejorar los lugares donde los artesanos hacen y venden sus productos. También van a crear anuncios impresos y en redes sociales para que más gente conozca el trabajo de los artesanos del Estado de México. Los municipios donde hay artesanos deben abrir Casas Artesanales para enseñar oficios y rescatar técnicas viejas, con instructores que tengan un certificado. Además, los municipios tienen que organizar ferias y concursos para promover la cultura local, y los directores de turismo de cada municipio darán premios, herramientas y materiales para apoyar a los artesanos. Por último, las Casas Artesanales ayudarán a los artesanos a llevarse sus creaciones a ferias y eventos en todo el país y el extranjero.

Texto oficial

Artículo 124. El IIFAEM en coordinación con: I. Las dependencias estatales y municipales competentes, los sectores social y privado: a) Promoverá mejoras en los espacios de producción y comercialización artesanal; y b) Diseñará, fomentará y distribuirá material publicitario impreso, así como en diversas plataformas digitales y redes sociales, para fortalecer la presencia y reconocimiento de las y los artesanos y de la actividad artesanal desarrollada en la Entidad; II. Los Municipios con presencia artesanal, crearán Casas Artesanales Municipales, con el objetivo de capacitar a personas interesadas, fortalecer, difundir el conocimiento y rescate de técnicas artesanales, cuyos instructores serán artesanas y artesanos que obtengan la certificación de competencias de oficios artesanales; III. Los Municipios realizarán foros, encuentros y exposiciones artesanales de carácter regional, con la finalidad de promover y preservar la identidad cultural de la Entidad; IV. Los Directores Municipales de Turismo organizarán, fomentarán y difundirán concursos entre el sector artesanal proporcionando reconocimientos, estímulos, herramientas y materia prima para su producción, atendiendo lo establecido en la convocatoria. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2021. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY DE TURISMO SOSTENIBLE Y DESARROLLO ARTESANAL DEL ESTADO DE MÉXICO 40 V. Las Casas Artesanales Municipales orientarán a las artesanas y los artesanos para participar en ferias, exposiciones y eventos de carácter nacional e internacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.