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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley270/123
Ley
Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Artículo
123

Artículo 123 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El IIFAEM (que es el Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México) se encarga de apoyar y dar a conocer el trabajo de los artesanos. Para lograrlo, trabaja junto con el gobierno del estado, los gobiernos municipales, empresas y organizaciones de la sociedad. Su meta es promover las artesanías no solo en tu municipio o estado, sino también en todo el país y en el extranjero.

Texto oficial

Artículo 123. El IIFAEM en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal, los sectores social y privado, es responsable de fomentar y promocionar la actividad artesanal a nivel municipal, estatal, nacional e internacional.

Ver texto oficial de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.