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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley270/132
Ley
Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Artículo
132

Artículo 132 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El IIFAEM (Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México) va a tener una campaña que siempre esté activa para enseñarle a la gente que no debe regatear el precio de las artesanías y que debe pagar lo justo. La idea es que los artesanos y artesanas puedan ganar lo suficiente con lo que venden. En lugar de pedir descuento, se busca que valores el trabajo que hay detrás de cada pieza. Así los precios les permitan vivir dignamente de su oficio.

Texto oficial

Artículo 132. El IIFAEM establecerá una campaña permanente de sensibilización y concientización de no al regateo y pago justo de las artesanías, de tal modo que los precios sean rentables para las y los artesanos.

Ver texto oficial de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México (pág. 41) ↗

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