- Ley
- Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
- Artículo
- 133
Artículo 133 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto de Fomento a la Artesanía del Estado de México (IIFAEM) se va a coordinar con los gobiernos municipales para organizar ferias de artesanías en todos los pueblos y ciudades del Estado de México. Van a procurar que los precios de los puestos en esas ferias y exposiciones sean económicos y justos para los artesanos. Además, el IIFAEM le va a dar prioridad a que los artesanos vendan sus productos directamente a la gente que los compra, sin que haya intermediarios (personas que compran para revender) metidos en medio. Esto busca que el artesano gane más y el producto llegue más barato al consumidor final.
Texto oficial
Artículo 133. El IIFAEM en coordinación con los Ayuntamientos impulsará la organización de ferias artesanales en cada uno de los municipios mexiquenses y que los precios para acceder a los espacios en ferias y exposiciones sean accesibles y razonables para el sector artesanal. El IIFAEM priorizará la comercialización directa de las artesanías entre las y los artesanos con los consumidores, evitando la intervención de intermediarios. CAPÍTULO VI Del Registro Artesanal
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