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Artículo 136 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Municipal de Turismo va a crear un registro de artesanas y artesanos que trabajen en el municipio, como los que hacen artesanías a mano. Ese registro servirá para después armar el registro estatal y debe incluir la misma información básica. Cada año se actualizará y apuntarse es completamente gratis, sin cobrar nada. No puedes estar registrado en más de un municipio, y para inscribirte tienes que comprobar en qué lugar haces tus artesanías.

Texto oficial

Artículo 136. La Dirección Municipal de Turismo realizará el Registro Municipal de Artesanas y Artesanos considerando a aquellos que desempeñen su actividad artesanal en el Municipio, el cual servirá para elaborar el Registro Estatal de Artesanas y Artesanos y contendrá como mínimo los datos considerados para éste. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2021. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY DE TURISMO SOSTENIBLE Y DESARROLLO ARTESANAL DEL ESTADO DE MÉXICO 42 El Registro Municipal de Artesanas y Artesanos se actualizará anualmente, la inscripción de las personas artesanas, talleres, organizaciones y empresas artesanales será gratuita. Las personas artesanas no podrán inscribirse en más de un Registro Municipal de Artesanas y Artesanos, debiendo acreditar para su inscripción el lugar donde elaboran su artesanía.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.