Artículo 141 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el IIFAEM (que es el Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México) va a ayudar a los artesanos a obtener documentos oficiales, como certificados, marcas o sellos, que demuestren que una artesanía fue hecha por ellos y es original. Esto lo hará cuando los artesanos se lo pidan, y gestionará estos trámites ante el gobierno federal. El objetivo es que tanto artesanos como empresas artesanales puedan acreditar que sus piezas son auténticas y de su autoría.
Texto oficial
Artículo 141. El IIFAEM promoverá y gestionará ante la autoridad federal competente, a petición de las y los artesanos, certificaciones, constancias, distintivos, denominaciones de origen, marcas y sellos a las y los artesanos y empresas artesanales para acreditar la autoría y originalidad de las artesanías hechas en la Entidad. CAPÍTULO VIII De los Derechos y Obligaciones de las y los Artesanos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.