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Artículo 142 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres artesano o artesana en el Estado de México, tienes derecho a que te reconozcan como alguien que promueve la cultura y la identidad mexiquense. Las autoridades y servidores públicos de todos los niveles deben tratarte con dignidad y respeto. Puedes registrar tus productos en el Catálogo Municipal y acceder a programas de apoyo estatal y municipal si cumples con los requisitos. También tienes derecho a participar en prácticas de comercio justo y economía solidaria, y a que te den información pública clara y rápida.

Texto oficial

Artículo 142. Es derecho de las personas artesanas de la Entidad: I. Ser reconocidos, como promotores de la cultura e identidad mexiquense; II. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de las autoridades y servidores públicos de todos los niveles de gobierno; III. Registrar su artesanía en el Catálogo Municipal; IV. Tener acceso a programas públicos de apoyo al sector artesanal a nivel estatal y municipal, cumpliendo los requisitos que se estipulen para acceder a los mismos; V. Participar en las prácticas de comercio justo y economía solidaria; y VI. Tener acceso a la información pública, la cual se les ha de brindar de manera clara, Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2021. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY DE TURISMO SOSTENIBLE Y DESARROLLO ARTESANAL DEL ESTADO DE MÉXICO 43 transparente y a la brevedad posible.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.