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Artículo 33 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Atlas es como un gran listado público donde se registran todos los lugares, recursos naturales y culturales que pueden ser atractivos para los turistas, como sitios de interés o zonas para el desarrollo turístico y artesanal del Estado. Este documento se publica en la página de internet de la Secretaría y del Observatorio para que cualquier persona pueda consultarlo. Incluye descripciones de los sitios, artesanías, guías, mapas e imágenes, y se actualiza cada año con información de los Catálogos Artesanales Mexiquense y Municipal. Así, tanto turistas como interesados pueden conocer fácilmente qué visitar o qué artesanías hay disponibles.

Texto oficial

Artículo 33. El Atlas es el registro sistemático de carácter público de todos los bienes, recursos naturales y culturales que por sus características y valores puedan constituirse en atractivos turísticos, sitios de interés y en general todas aquellas zonas y áreas territoriales del desarrollo turístico y artesanal de la Entidad. El Atlas será publicado en la página de internet de la Secretaría y el Observatorio para consulta de los turistas y contendrá una descripción de los sitios, artesanías, guías, mapas e imágenes digitales que se actualizarán anualmente, debiendo retomar la información derivada de los Catálogos Artesanales Mexiquense y Municipal. CAPÍTULO III Del Observatorio Turístico y de la Actividad Artesanal del Estado de México

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.