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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley270/34
Ley
Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Observatorio es como un sistema en internet que todos pueden consultar. Ahí se junta, checa, organiza y comparte información sobre todo lo que pasa con el turismo y la artesanía en el estado. La Secretaría es la encargada de que funcione bien y de que los datos que ahí aparecen sean correctos. Básicamente, es una herramienta pública para saber qué está pasando en esos temas.

Texto oficial

Artículo 34. El Observatorio es un sistema digital y público que recopila, monitorea, genera, procesa, analiza, vigila, mide y difunde información de todas las actividades turísticas y artesanales del Estado, la Secretaría será responsable de su operación y de la información contenida.

Ver texto oficial de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.