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Artículo 38 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del Estado de México y los municipios van a impulsar que empresas y comunidades locales formen equipos de proveeduría alrededor de los lugares turísticos, tanto los que ya existen como los nuevos. La idea es que esto ayude a vender más productos de la región, apoye la economía basada en la cooperación y beneficie el crecimiento de la zona. Para lograrlo, primero harán estudios sobre el mercado y las necesidades de la gente, usando la información que tenga el Observatorio (una oficina que reúne datos turísticos).

Texto oficial

Artículo 38. La Secretaría y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, estimularán y promoverán entre el sector privado y social, la creación y fomento de cadenas productivas locales y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos nuevos y existentes, con el fin de fomentar el comercio local, la economía solidaria y buscar el desarrollo regional. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2021. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY DE TURISMO SOSTENIBLE Y DESARROLLO ARTESANAL DEL ESTADO DE MÉXICO 18 Lo anterior, se llevará a cabo, a través de estudios sociales y de mercado, tomando en cuenta la información disponible en el Observatorio. CAPÍTULO V De la Cultura Turística

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.