Artículo 62 de la Ley para la Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los Derechos Humanos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Mecanismo (una oficina especial) puede hacer acuerdos de trabajo con oficinas parecidas del gobierno federal, de los estados o de los municipios. También puede hacer acuerdos con autoridades de esos mismos niveles para crear programas y acciones que ayuden a proteger la vida, la integridad, la libertad y la seguridad de los periodistas y defensores de derechos humanos. Todo esto busca que se cumpla lo que dice esta ley. En pocas palabras, pueden juntarse con otras dependencias para cuidar mejor a quienes defienden derechos o informan.
Texto oficial
Artículo 62.- El Mecanismo en el ámbito de su competencia, podrá celebrar convenios de cooperación y coordinación con sus homólogos a nivel federal y estatal, así como con las autoridades federales, de las entidades federativas o ayuntamientos, a fin de establecer programas y acciones para hacer efectivas las medidas previstas en esta Ley para garantizar la vida, integridad, libertad, seguridad y los derechos humanos de los Periodistas y las Personas Defensoras de Derechos Humanos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.