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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac
Artículo
2

Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac debe seguir las reglas que ya existen en el Estado de México. Tiene que cumplir con la Ley Orgánica Municipal, que es como el manual de cómo funcionan los ayuntamientos, y también con la Ley de Cultura Física y Deporte del estado, que regula todo lo relacionado con el deporte y la actividad física. Además, debe acatar cualquier otra ley que le aplique según el caso.

Texto oficial

ARTÍCULO 2. El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac estará sujeto a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, a la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México y demás ordenamientos aplicables al caso.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac (pág. 1) ↗

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