Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac debe seguir las reglas que ya existen en el Estado de México. Tiene que cumplir con la Ley Orgánica Municipal, que es como el manual de cómo funcionan los ayuntamientos, y también con la Ley de Cultura Física y Deporte del estado, que regula todo lo relacionado con el deporte y la actividad física. Además, debe acatar cualquier otra ley que le aplique según el caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 2. El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tecámac estará sujeto a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, a la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México y demás ordenamientos aplicables al caso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.