Artículo 13 de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que alguien sea reconocido oficialmente como bombero, necesita tener un documento firmado por el Presidente Municipal. Ese documento se llama nombramiento y solo se entrega después de que la persona haya pasado por un curso de capacitación o formación aprobado. No basta con querer ayudar o vestirse como bombero; la ley pide ese papel oficial para tener el puesto.
Texto oficial
Artículo 13. Para tener la calidad de Bombero, es necesario contar con el nombramiento oficial que le expida el Presidente Municipal, previo proceso de formación. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de septiembre de 2021. Sin reformas. . LEY DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DEL ESTADO DE MÉXICO 6
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.