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Artículo 33 de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pides ayuda de los bomberos, tienes derecho a que lleguen rápido y te den un servicio de calidad para proteger tu vida. También deben atenderte sin demora, siguiendo estándares internacionales, y tratarte con respeto y dignidad. El personal que te atienda tiene que estar capacitado y traer identificación visible. Si ves que un bombero hace mal su trabajo, puedes reportarlo, y además hay otros derechos que puedan agregar los jefes del cuerpo de bomberos.

Texto oficial

Artículo 33. Toda persona en la prestación del servicio público de Bomberos tiene los siguientes derechos: I. Recibir un servicio de atención a emergencias expedito y de calidad, que garantice la vida e integridad; II. Ser atendido de manera pronta dentro de los estándares internacionales en la materia; III. Ser tratado con respeto y dignidad por el personal del Cuerpo de Bomberos y de la Coordinación Municipal de Protección Civil; IV. Recibir el servicio solicitado con personal capacitado y debidamente identificado; V. Reportar las malas prácticas o atención del personal del Cuerpo de Bomberos en servicio, y VI. Las demás que determinen los superiores jerárquicos. CAPÍTULO SEGUNDO De las Obligaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.