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Ley
Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier persona que esté en el Estado de México puede pedir ayuda a los bomberos si hay una emergencia, como un incendio, un accidente grave o cualquier situación peligrosa. Ese servicio es completamente gratis y se les da a todos por igual, sin importar quién seas o de dónde vengas. Lo más importante es proteger a la gente y evitar que los riesgos se conviertan en algo peor. No te pueden negar la ayuda ni cobrarte por ella.

Texto oficial

Artículo 4. Toda persona dentro del Estado de México tiene el derecho de solicitar los servicios de los Cuerpos de Bomberos, ante cualquier situación de emergencia, que represente riesgos, siniestros o desastres. Los servicios a que se refiere el párrafo anterior se proporcionarán de manera gratuita y en condiciones de igualdad para todas las personas, sin discriminación, priorizando el bien común y la reducción de riesgos de emergencias.

Ver texto oficial de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.