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Ley
Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México
Artículo
44

Artículo 44 de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Patronato (el grupo de personas encargadas de tomar decisiones) tiene que organizar todo lo que se necesite para que el Cuerpo de Bomberos funcione mejor. Su chamba es ayudar a crear, hacer más fuerte o mejorar a los bomberos. Básicamente, ellos se encargan de planear y hacer todo lo que ayude a que los bomberos tengan lo necesario para trabajar bien.

Texto oficial

ARTÍCULO 44. El Patronato organizará las actividades necesarias para desarrollar el propósito de sus funciones y que contribuyan a crear, fortalecer o mejorar al Cuerpo de Bomberos. CAPÍTULO SEGUNDO Del Funcionamiento de los Patronatos

Ver texto oficial de la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de México (pág. 14) ↗

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