Artículo 14 de la Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Consejería es la oficina que se encargará de organizar y coordinar todos los programas de justicia que se llevan a diferentes comunidades. Las demás dependencias del gobierno del estado deben ajustar sus programas móviles a lo que diga esta ley y a las instrucciones que dé la Secretaría.
Texto oficial
Artículo 14. La Consejería será la instancia encargada de la coordinación de los programas, políticas y acciones de justicia itinerante en la entidad. Las autoridades de la Administración Pública Estatal deberán alinear sus respectivos programas itinerantes a los criterios para tal efecto se establezcan en la presente Ley, así como las directrices y disposiciones normativas que al efecto emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.