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Artículo 14 de la Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Consejería es la oficina que se encargará de organizar y coordinar todos los programas de justicia que se llevan a diferentes comunidades. Las demás dependencias del gobierno del estado deben ajustar sus programas móviles a lo que diga esta ley y a las instrucciones que dé la Secretaría.

Texto oficial

Artículo 14. La Consejería será la instancia encargada de la coordinación de los programas, políticas y acciones de justicia itinerante en la entidad. Las autoridades de la Administración Pública Estatal deberán alinear sus respectivos programas itinerantes a los criterios para tal efecto se establezcan en la presente Ley, así como las directrices y disposiciones normativas que al efecto emita la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.